Prohiben hacer fogatas en zonas forestales de Nuevo León

El Gobierno de Nuevo León pretende cuidar los recursos naturales de la entidad.

Fogatas.Créditos: Foto: Especial
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Monterrey.- El gobierno del estado de Nuevo León anunció la prohibición del uso de fuego en zonas o ecosistemas forestales de la entidad, ya sea a cielo abierto, con fines recreativos, laborales, o quemas, lo anterior para cuidar los recursos naturales de la entidad, según un decreto emitido en el Periódico oficial de estado.

De acuerdo con el texto, la prohibición de fogatas o cualquier modalidad del uso de fuego aplica en “áreas cubiertas de vegetación, árboles, pastizales, maleza, matorrales y en cualquiera de los diferentes tipos de asociaciones vegetales” del estado, además de que queda prohibida la introducción de materiales para hacer fuego en las citadas zonas de veda.

El documento explica que los ciudadanos no podrán realizar fogatas a cielo abierto ya sea con fines recreativos, chamusco de nopales y maguey, preparación de alimentos, festejos campestres o cualquier situación de naturaleza semejante.

Los ciudadanos tampoco podrán encender fuego para quemas en casos como la preparación de forrajes para el ganado, el mantenimiento de vías o brechas de conducción eléctrica, esquilmos agrícolas en áreas aledañas a zonas con vegetación o eliminación de basuras o desperdicios.

Además, la veda de uso de fuego, también restringe el uso de globos aerostáticos cuyo montaje estructural implique el uso de la citada fuente de calor, al igual que el encendido de cualquier llama que pudiera poner en peligro la flora, fauna y el medio ambiente en el estado de Nuevo León.

“Se eximen de estas prohibiciones las fogatas y quemas que se realicen en áreas que cumplan con los requisitos mínimos de seguridad y de control de fuego, bajo la absoluta responsabilidad de quien o quienes lo estén utilizando, previa inspección y autorización expedida por la Corporación para el desarrollo agropecuario de Nuevo León, la cual deberá solicitarse por lo menos 10 días hábiles de anticipación a dicha actividad”, señala el decreto firmado por el gobernador Samuel García.

También se informó que, con el objetivo de incentivar la recuperación de zonas siniestradas, el gobierno del estado limitará el número de visitantes a los parajes naturales "Las Adjuntas", "Matacanes" e "Hidrofobia" y demás sitios aledaños en el municipio de Santiago.

En la misiva también se especificó que el uso de vehículos todo terreno, de tres o cuatro ruedas y con motores mayores a 1000 CC centímetros cúbicos o con motores eléctricos mayores a 750 kv kilovoltios, también quedarán terminantemente prohibidos en brechas y caminos, con excepción de aquellos empleados por Protección Civil para labores de seguridad, auxilio, rescate o fines similares.

"La persona o personas que causen incendios forestales intencionales o imprudenciales podrán ser sujetas a las sanciones establecidas en la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Nuevo León; en el Código Penal para el Estado de Nuevo León y en el Código Penal Federal", dicta el decreto.

Dicha ley señala que se impondrá de dos a 10 años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa, a quien ilícitamente “Provoque un incendio en un bosque, selva, vegetación natural o terrenos forestales, que dañe elementos naturales, flora, fauna, los ecosistemas o al ambiente.

Autoridades advirtieron que el decreto de zonas de veda para el uso de fuego entró en vigor el pasado miércoles 2 de febrero y estará vigente hasta el 1 de agosto del 2023.