Estado asesora a trabajadores sobre el reparto de utilidades

Se recordó que todos los trabajadores que laboran al servicio de un patrón deben recibir pago de utilidades, a excepción de los directores, gerentes y socios.

Persona trabajando durante una obraCréditos: Archivo
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Monterrey.- La Secretaría del Trabajo estatal informó que brindará asesoría a los empleados que tengan dudas o no hayan recibido su pago de utilidades.

La dependencia estatal indicó que en la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, ubicada en la avenida Churubusco 495 de la colonia Fierro en Monterrey, y en la Secretaría del Trabajo, que se encuentra en la planta baja de la torre administrativa de la avenida Washington, se estará atendiendo.

Se recordó que todos los trabajadores que laboran al servicio de un patrón deben recibir pago de utilidades, a excepción de los directores, gerentes, socios y trabajadores que hayan laborado menos de 60 días durante el año.

El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.

Finalmente, la obligación se genera: del 1 de abril al 30 de mayo si trabajas para una empresa; y del 1 de mayo al 29 de junio, si tu patrón es una persona física.

Se tiene el plazo de un año a partir del día siguiente en que se genere la obligación, para el cobro de utilidades.

¿Quiénes tienen derecho a las utilidades?

El titular de la Secretaría del Trabajo, Federico Rojas Veloquio, explicó la entrega de utilidades y cómo identificar quiénes pueden ser acreedores a este beneficio.

Durante una entrevista para ABC Noticias, el funcionario señaló que tienen derecho todos los trabajadores de planta o base que hayan trabajado mínimo un día del año anterior, además de los trabajadores eventuales, por honorarios o temporada que hayan acumulado más de 60 días trabajando.

“Quienes no tienen derecho, los gerentes generales, los directivos puestos de alto nivel, los accionistas de la empresa o los socios de la empresa o los dueños de la empresa, ellos no participan en las utilidades porque la idea es que sea repartida, pues entre los que menor tienen oportunidad de recibir un salario más alto”, mencionó.

Basándonos en el balance de la empresa respecto a ganancias y gastos, el 10 por ciento de ese saldo a favor se reparte entre la totalidad de trabajadores que tienen derecho a recibir la utilidad, o bien, se les da el proporcional a tres meses de trabajo, dependiendo de lo más beneficioso para los empleados.

“Si tú tenías una utilidad, dices, los números me dan que me tocan 100 mil pesos y tú ganabas 30 mil pesos, pues te van a tocar 90 porque es el tope, tres meses de tu salario, si ganabas 30 mil pesos al mes y te acaban 100, hay un tope de hasta tres meses, pero si no es mayor ese tope si es más beneficioso el 10%, pues el 10%”.

Federico Rojas Veloquio, titular de la Secretaría del Trabajo. Créditos: Dalia Manríquez